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#TheEconomist #IGs
En respuesta al artículo “For the love of pizza”, publicado el 4 de junio por “The Economist” en la columna “Charlemagne”, oriGIn y AICIG han enviado a la revista sus comentarios con el objetivo de clarificar algunos asuntos presentados en el artículo. Encuentran a continuación el mensaje en cuestión:
Estimados Señores,
Los sistemas de Indicación Geográfica Protegida (IGP) y de Denominación de Origen Protegida (DOP) para productos alimentarios y vinos, así como el sistema de Indicaciones Geográficas (IGs) para las bebidas espirituosas, representan para la UE una fuente importante de creación de empleo y desarrollo económico en las áreas rurales, con un valor de las ventas estimado en 54.3 billones de euros (fuente, Comisión Europea, 2010). Mientras que los países del Mediterráneo, Italia incluida, benefician por cierto de dichos sistemas, las DOP/IGP y las IGs responden a las necesidades de las comunidades rurales en muchos estados de la UE, con países como por ejemplo Alemania y Reino Unido que representan juntos el 21% del total del valor de las ventas de las DOP/IGP e IGs europeas. Si en los últimos años Italia y otros países europeos han tenido un crecimiento económico lento, en nuestra opinión no es ciertamente debido a las DOP/IGP y las IGs, que, al contrario, han contribuido a las inversiones y al dinamismo en las zonas rurales.
Las DOP, IGP y las IGs son derechos de propiedad intelectual reconocidos a nivel internacional (el acuerdo ADPIC de la Organización Mundial de Comercio trata de las IGs en los artículos 22-24 ) y deben ser protegidas en los 162 estados miembros de la OMC. Igual que otros derechos de propiedad intelectual, las IGs no tienen como finalidad el proteccionismo o la maximización de la renta, como ha argumentado Charlemagne, sino que incentivar las inversiones en los productos de calidad vinculada al origen geográfico, proporcionar a los consumidores la información necesaria a efectuar una elección real, y asegurar la continuidad del conocimiento y de las prácticas tradicionales. Por estas razones las IGs se están difundiendo en todo el mundo y se han convertido en un concepto global, con una estimación de 9.000 IGs ya reconocidas en el mundo (unas 2.000 en China, 400 en los estados de América latina y unas 300 en los EEUU, teniendo en cuenta las zonas de viticultura americanas y las marcas de certificación geográfica).
Según un estudio reciente de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO por sus siglas en inglés), el total de las infracciones de las DOP/IGP e IGs europeas ascendía aproximativamente 4.3 millones de euros en 2014, correspondiendo al 9.0% del total del mercado de estos productos. Las infracciones y las otras formas de uso indebido de su reputación son unos retos importantes para las IGs en el mundo, con un impacto significativo en cuanto a reputación y gastos legales. Fuera de la UE, se pueden indicar los casos de Café de Colombia, Blue Mountain Coffee, Tequila, Napa Valley, Darjeeling Tea, Pisco, Cachaça, Aceite de Argán y Kobe Beef, solo para mencionar algunos. Todo esto explica porque es necesario asegurar un cierto nivel de observancia administrativa, teniendo en cuenta también que la gran mayoría de los productores de IGs son micro y pequeñas empresas que no tienen recursos financieros para enfrentar largas batallas legales. Un cierto nivel de observancia administrativa sobre derechos o estándares considerados de gran valor para los consumidores, no es por cierto incompatible con una economía de mercado moderna. Por ejemplo, en los EEUU, los consumidores buscan y confían en el sello orgánico americano, el Programa Nacional Orgánico (NOP en inglés) del Servicio de Comercialización Agrícola (Agricultural Marketing Service, AMS) de USDA (United States Department of Agriculture), que además de establecer normas fuertes y significativas obligatorias para las empresas que aspiran a la certificación orgánica, defienden el sello orgánico tomando medidas de ejecución apropiadas en caso de violaciones de esas normas.
El caso de las Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG) es diferente de las DOP/IGP e IGs. Las ETG no son derechos de propiedad intelectual propiamente hablando, tienen un impacto económico limitado en la UE, y no son objeto de medidas de observancia administrativa constante. A la luz de esto, creemos que las DOP/IGP e IGs no deberían ser asociadas a las ETG, como lo ha hecho Charlemagne.
Esperamos que estas observaciones puedan promover un fructífero debate.
Cordiales saludos,
Massimo Vittori, Director Ejecutivo, oriGIn, la alianza global de IGs (www.origin-gi.com)
Leo Bertozzi, Director General, AICIG, Asociación de IGs italianas (www.aicig.it)
Los comentarios de oriGIn y AICIG también se encuentran disponibles @ http://www.economist.com/node/21699922/comments#comments