En China, existen dos sistemas legales diferentes que se utilizan para la protección de las IGs: (1) el sistema de marcas establecido por la Oficina de Marcas de China (CTMO), ahora bajo la Administración Nacional de Propiedad Intelectual de China (CNIPA); y (2) un sistema de protección sui generis.
El sistema de protección sui generis en sí tiene dos vertientes: (1) el reglamento promulgado por la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena (AQSIQ), que ahora está en fase de revisión por el CNIPA, que se refiere a los “productos IGs” en general; y (2) el reglamento promulgado por el Ministerio de Agricultura (MoA), ahora Ministerio de Agricultura y Asuntos Rurales (MARA), que solo se aplica a las IGs agrícolas.
Las IGs extranjeras están protegidas incluso si no están registradas en China, como lo demuestra el caso CIVC v. Seven Star. El artículo 16 de la Ley de Marcas permite que el titular de una IG solicite a un Tribunal Popular que ordene a un infractor que detenga la producción y venta de un producto que lleve un nombre/etiquetado infractor. Además, el titular de una IG extranjera encuentra en la Ley de Marcas (artículos 10.1.7 y 10.2) otros recursos para oponerse a la solicitud, obtener la nulidad o detener el uso ilegal de una marca idéntica o similar a su IG.
Sin embargo, el registro como marca colectiva permite que el titular de la IG se beneficie de un mayor número de medidas de observancia: todo el “arsenal” de la ley de marcas, los reglamentos aduaneros, el derecho penal, está a su disposición. El titular de la IG no solo puede emprender acciones administrativas contra un infractor, sino también obtener una compensación financiera. Los casos citados anteriormente prueban que la protección es efectiva, incluso si la obtención de resultados satisfactorios requiere esfuerzos significativos por parte del titular de la IG.
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