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#TJUE #Champagne: el Tribunal de Justicia de la UE se pronucia sobre el caso ” Champagner Sorbet “
El 20 de diciembre, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) publicó su sentencia sobre el caso ” Champagner Sorbet “.
El Comité Champagne (CIVC) había recurrido a un tribunal alemán contra la cadena de supermercados alemana Aldi Süd con el fin de obtener la prohibición de la venta de sorbetes bajo el nombre de “Champagner Sorbet”. Este sorbete contiene 12% de Champagne. Según el CIVC, la distribución de “Champagner Sorbet” infringía la DOP “Champagne”.
El TJUE ha dictaminado que el uso ilegal de la reputación de una DOP presupone el uso de esta DOP con el fin de beneficiarse indebidamente de su reputación. El uso del nombre “Champagner Sorbet” no puede considerarse en sí mismo indebido, y por lo tanto no explota la reputación de la DOP “Champagne”, si el producto en cuestión tiene, como característica esencial, un sabor generado principalmente por Champagne. La cantidad de Champagne en el sorbete es un criterio importante pero no suficiente. El Tribunal alemán ahora tendrá que determinar si este sorbete tiene un sabor que es principalmente atribuible a Champagne y por lo tanto se puede usar el nombre ” Champagner Sorbet “. La evaluación de si el uso de una DOP como ingrediente está destinado a beneficiarse indebidamente de la reputación de la DOP debe hacerse caso por caso por los tribunales nacionales. Si el sorbete en cuestión no tiene un sabor generado principalmente por Champagne, se puede concluir que aponer el nombre “Champagner Sorbet” en el envase del producto constituye una indicación falsa o engañosa y, por lo tanto, es ilegal.
#Turquía #Logo: Nuevo logo para IGs nacionales
Desde enero de 2017, Turquía cuenta con una nueva ley que cubre las IGs (la Ley Nº 6769 sobre la protección de los derechos de propiedad industrial).
En aplicación de los artículos 2 y 46 de dicha ley, el “Reglamento relativo al logo de las indicaciones geográficas y de los conocimientos tradicionales” (disponible únicamente en turco) se publicó en diciembre de 2017 y entró en vigor el 10 de enero de 2018. El logo es obligatorio para las IGs registradas en Turquía de acuerdo con el procedimiento nacional. Las IGs extranjeras protegidas en Turquía de conformidad con los acuerdos bilaterales y multilaterales en los que Turquía es parte están excluidas de dicha obligación.