21/01/2025-Acuerdos bilaterales para la protección de las IGs – Una visión retrospectiva de 2024

Los acuerdos bilaterales son un medio de obtener protección para las indicaciones geográficas en jurisdicciones extranjeras. La UE no es la única que ha entablado negociaciones de este tipo en las últimas décadas. Por ejemplo, los países de la AELC (Suiza, Islandia, Liechtenstein y Noruega) también han sido muy activos.

Sólo en 2024, los países de la AELC concluyeron Acuerdos de Libre Comercio (ALC) con India, Tailandia, Kosovo, Ucrania y Chile. Mientras tanto, entró en vigor el acuerdo con Moldavia y continuaron las negociaciones con Vietnam, Malasia y MERCOSUR. Las IGs son una parte importante del capítulo de PI de estos acuerdos.

Los ALC concluidos por los países de la AELC con Ucrania, Moldavia y Kosovo siguen los marcos ya existentes negociados con la UE (que implican un alto nivel de protección de las IGs).

El acuerdo con Chile también puede considerarse una herramienta exitosa para la protección sólida recíproca de las IGs. La protección se rige ahora en el Art. 8 del Anexo XII de las modificaciones recientemente negociadas del Acuerdo AELC-Chile. Cabe mencionar aquí que el anterior Acuerdo entre las partes (Art. 6) sólo preveía un nivel de protección ADPIC. El Acuerdo también incluye una lista de IGs de cada parte que deben protegerse.

El acuerdo AELC-Moldavia también prevé una sólida protección de las IGs (más allá de los ADPIC) (Art. 9 del Anexo XV del ALC AELC-Moldavia ). En este contexto, cabe mencionar que en 2024 Moldavia se adhirió al Acta de Ginebra.

Aunque la sección sobre IGs de los acuerdos de la AELC sigue en gran medida el planteamiento adoptado por la UE, sigue existiendo una diferencia. Los ALC de la UE contienen a menudo disposiciones que sólo se aplican a las IGs incluidas en un anexo. Por otra parte, en los acuerdos de la AELC, el capítulo de PI incluye sistemáticamente disposiciones aplicables a todas las IGs (incluidas las que no figuran en el anexo, que se protegerán tras la entrada en vigor del acuerdo). Entre los países de la AELC, como parte de esos ALC, Suiza y Liechtenstein negocian también un anexo que contiene una lista de IGs que deben protegerse en la jurisdicción homóloga, incluidas las artesanales e industriales.

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